{"id":2536,"date":"2019-04-26T10:32:55","date_gmt":"2019-04-26T17:32:55","guid":{"rendered":"http:\/\/cwinsystems.com\/inicio\/?p=2536"},"modified":"2019-04-26T11:13:23","modified_gmt":"2019-04-26T18:13:23","slug":"cfdi-con-pue-tiene-que-ser-pagado-el-mismo-mes-de-emision-rmf-2019","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/cwinsystems.com\/inicio\/rmf\/cfdi-con-pue-tiene-que-ser-pagado-el-mismo-mes-de-emision-rmf-2019\/","title":{"rendered":"CFDI con PUE tiene que ser pagado el mismo mes de emisi\u00f3n (RMF 2019)"},"content":{"rendered":"<p>El SAT cambio la regla 2.7.1.44 en la nueva Resoluci\u00f3n Miscel\u00e1nea Fiscal 2019 (versi\u00f3n anticipada) publicada en la p\u00e1gina del SAT, ahora los CFDI con PUE y forma de pago diferente a la 99, ser\u00e1 necesario que sean pagadas el mismo mes.<\/p>\n<p>La versi\u00f3n de la regla 2.7.1.44 publicada en la 3ra modificaci\u00f3n a la RMF del ejercicio 2018 (a\u00fan vigente), menciona que si un CFDI <strong>puede emitirse con m\u00e9todo de pago PUE<\/strong> (pago en una sola exhibici\u00f3n) y la forma de pago que se tenga convenida (transferencia bancaria, cheque, efectivo), siempre y cuando el pago de dicho CFDI se realice <strong>a m\u00e1s tardar el d\u00eda 17 del mes siguiente<\/strong> al que se emiti\u00f3.<span id=\"more-27642\"><\/span><\/p>\n<p>Lo anterior, facilitaba que los contribuyentes no tuvieran que amparar con un CFDI de pago por comprobantes fiscales que no fueran pagados al momento de su emisi\u00f3n, dando un \u201cperiodo de gracia\u201d para que fuera pagado el CFDI.<\/p>\n<p>Con la modificaci\u00f3n a la regla 2.7.1.44 de la RMF 2019 (pendiente de publicar en el DOF), la facilidad se reduce a solo el mes de emisi\u00f3n para que el CFDI con m\u00e9todo de pago PUE y forma de pago diferente a la 99 (por definir) sea liquidado.<\/p>\n<p>As\u00ed quedara la regla 2.7.1.44 de la RMF de 2019 una vez se publique en el DOF:<\/p>\n<p><strong>2.7.1.44. Opci\u00f3n para que en el CFDI se establezca como m\u00e9todo de pago \u201cPago en una sola exhibici\u00f3n\u201d<\/strong><\/p>\n<p>Para efectos de lo dispuesto por los art\u00edculos 29, p\u00e1rrafos primero, segundo, fracci\u00f3n VI y pen\u00faltimo, 29-A, primer p\u00e1rrafo, fracci\u00f3n VII, inciso b) del CFF, y las reglas 2.7.1.32., fracci\u00f3n II y 2.7.1.35., los contribuyentes que no reciban el pago del monto total del CFDI al momento de su expedici\u00f3n, podr\u00e1n considerarlo como pagado en una sola exhibici\u00f3n para efectos de la facturaci\u00f3n, siempre que:<\/p>\n<p><strong>I. Se haya pactado o se estime que el monto total que ampare el comprobante se recibir\u00e1 a m\u00e1s tardar el \u00faltimo d\u00eda del mes de calendario en el cual se expidi\u00f3 el CFDI.<\/strong><\/p>\n<p>II. Se\u00f1alen en el CFDI como m\u00e9todo de pago \u201cPUE\u201d (Pago en una sola exhibici\u00f3n) y cu\u00e1l ser\u00e1 la forma en que se recibir\u00e1 dicho pago.<\/p>\n<p>III. Se realice efectivamente el pago de la totalidad de la contraprestaci\u00f3n a m\u00e1s tardar en el plazo se\u00f1alado en la fracci\u00f3n I de esta regla.<\/p>\n<p>En aquellos casos en que el pago se realice en una forma distinta a la que se se\u00f1al\u00f3 en el CFDI, el contribuyente cancelar\u00e1 el CFDI emitido por la operaci\u00f3n y emitir\u00e1 uno nuevo se\u00f1alando como forma de pago la que efectivamente corresponda.<\/p>\n<p>En el caso de que la totalidad del pago de la operaci\u00f3n que ampara el CFDI no se realice a m\u00e1s tardar el \u00faltimo d\u00eda del mes en que se expidi\u00f3 este comprobante, el contribuyente cancelar\u00e1 el CFDI emitido por la operaci\u00f3n y emitir\u00e1 uno nuevo se\u00f1alando como forma de pago \u201c99\u201d por definir y como m\u00e9todo de pago \u201cPPD\u201d pago en parcialidades o diferido, relacionando el nuevo CFDI con el emitido originalmente como \u201cSustituci\u00f3n de los CFDI previos\u201d, debiendo adicionalmente emitir por el pago o los pagos que efectivamente le realicen, el CFDI con complemento para recepci\u00f3n de pagos que corresponda de conformidad con lo dispuesto por las reglas 2.7.1.32. y 2.7.1.35.<\/p>\n<p>Trat\u00e1ndose de los integrantes del sector financiero que apliquen la facilidad contenida en esta regla, estos podr\u00e1n considerar para efectos de lo se\u00f1alado en la fracci\u00f3n I de la misma, incluso los pagos que reciban a m\u00e1s tardar el d\u00eda 17 del mes inmediato siguiente a aquel en que se emiti\u00f3 el CFDI por el total de la operaci\u00f3n, debiendo, en todo caso el receptor del CFDI realizar el acreditamiento del IVA e IEPS en el mes en que el impuesto trasladado haya sido efectivamente pagado.<\/p>\n<p>CFF 29, 29-A, RMF 2019 2.7.1.32., 2.7.1.35.<\/p>\n<h2 id='comentarios'  id=\"boomdevs_1\">Comentarios<\/h2>\n<p>Aunque se trata de la Resoluci\u00f3n Miscel\u00e1nea Fiscal de 2019, este cambio ser\u00e1 aplicable a partir de su publicaci\u00f3n en el Diario Oficial de la Federaci\u00f3n, por lo tanto, los CFDI que se generaron con la facilidad, antes de que entre en vigor la modificaci\u00f3n a la regla 2.7.1.44 de manera oficial, se consideran correctamente emitidos.<\/p>\n<p>Como se menciona en la regla 2.7.1.44 de la nueva RMF de 2019, ya no se permitir\u00e1 aplicar la facilidad de emitir CFDI\u00b4s con PUE y especificar la forma de pago si el CFDI no fue pagado el mismo mes, teniendo que cancelar el CFDI para sustituirlo por otro con m\u00e9todo de pago PPD (pago en parcialidades o diferido) y forma de pago 99. Con este cambio el control administrativo de los CFDI se incrementar\u00e1, por lo que se recomienda ir conciliando los CFDI emitidos con los dep\u00f3sitos recibidos durante el mismo mes. Usando DisPRO se facilita y es totalmente transparente este control.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>El SAT cambio la regla 2.7.1.44 en la nueva Resoluci\u00f3n Miscel\u00e1nea Fiscal 2019 (versi\u00f3n anticipada) publicada en la p\u00e1gina del SAT, ahora los CFDI con PUE y forma de pago diferente a la 99, ser\u00e1 necesario que sean pagadas el mismo mes. La versi\u00f3n de la regla 2.7.1.44 publicada en la 3ra modificaci\u00f3n a la RMF del ejercicio 2018 (a\u00fan&nbsp;<a href=\"https:\/\/cwinsystems.com\/inicio\/rmf\/cfdi-con-pue-tiene-que-ser-pagado-el-mismo-mes-de-emision-rmf-2019\/\" class=\"read-more\">Continue Reading<\/a><\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":2537,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[49],"tags":[],"class_list":["post-2536","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-rmf","cat-49-id"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/cwinsystems.com\/inicio\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/2536","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/cwinsystems.com\/inicio\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/cwinsystems.com\/inicio\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/cwinsystems.com\/inicio\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/cwinsystems.com\/inicio\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=2536"}],"version-history":[{"count":1,"href":"https:\/\/cwinsystems.com\/inicio\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/2536\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":2538,"href":"https:\/\/cwinsystems.com\/inicio\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/2536\/revisions\/2538"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/cwinsystems.com\/inicio\/wp-json\/wp\/v2\/media\/2537"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/cwinsystems.com\/inicio\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=2536"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/cwinsystems.com\/inicio\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=2536"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/cwinsystems.com\/inicio\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=2536"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}